En ese marco, el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que el máximo tribunal debe intervenir en el expediente. A su criterio, corresponde dejar sin efecto la orden de pago, ya que “Esa condena por corrupción implica la imposibilidad de cobro de pensiones como las que el pronunciamiento apelado ordena pagar”.
Asimismo, sostuvo que permitir que la expresidenta continúe con “el cobro de la asignación mensual vitalicia en su carácter de causahabiente del doctor Néstor Carlos Kirchner, lesiona de manera irremediable el principio de cosa juzgada, que constituye uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional”.


















