Indemnización por despido: qué norma se aplicará para contratos previos a la reforma laboral

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La discusión sobre los efectos normativos tras la reciente sanción parlamentaria genera interrogantes en el ámbito del empleo formal y las desvinculacionesindustria_2.jpg_25343506

El debate sobre la aplicación de la nueva reforma laboral a los contratos de trabajo celebrados antes de su aprobación cobró renovada vigencia tras la media sanción obtenida en la Cámara de Diputados. La modificación, que excluyó el artículo 44 pero mantuvo el núcleo de cambios propuestos por el Gobierno, plantea interrogantes en relación al régimen indemnizatorio para quienes fueron contratados bajo la ley anterior. Las declaraciones de funcionarios y especialistas brindaron precisiones sobre los alcances inmediatos y los derechos involucrados.

La aprobación en Diputados generó un escenario de incertidumbre en los sectores empresario y sindical respecto a la transición normativa y su impacto sobre eventuales despidos.

La discusión de fondo gira en torno a la indemnización por despido y a la vigencia de la ley aplicable en los contratos ya existentes. Según fuentes oficiales, la intención del Gobierno fue establecer un único marco regulatorio para todos los trabajadores, sin distinción entre antiguos y nuevos vínculos laborales. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo: “La reforma aplica a todos los empleos, no solo a los nuevos”. Esta definición buscó disipar dudas sobre la coexistencia de dos regímenes, aunque los especialistas advirtieron matices legales relevantes.

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