No hay juez para resolver la causa que inició CFK para que le devuelvan sus jubilaciones de privilegio

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El primer magistrado se excusó porque está concursando para ser titular. La segunda jueza rechazó esa postura y le devolvió la causa. Ahora debe resolver la Cámara Federal de la Seguridad Social

La causa que inició hace un mes Cristina Kirchner para que le devuelvan las jubilaciones de privilegio que le quitó el gobierno nacional de Javier Milei no tiene juez. El primer magistrado que recibió el expediente se excusó de intervenir y la segunda jueza rechazó esa excusación y se lo devolvió.

 Todo indica que ahora será la Cámara Federal de la Seguridad Social la que resolverá el conflicto de competencia entre los jueces para definir quién deberá llevar el expediente, informaron a Infonae fuentes judiciales.

El gobierno nacional, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), revocó el año pasado la jubilación de privilegio que Cristina Kirchner cobraba como ex mandataria y la pensión por fallecimiento de Néstor Kirchner. La ex presidenta cobraba 21.629.116 de pesos en bruto. El argumento que dio el gobierno fue que la Cámara Federal de Casación confirmó la condena de Cristina Kirchner en el caso Vialidad.

 "La finalidad de las asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”, sostuvo la ANSES en su resolución.

 
CFK presentó un recurso de reconsideración. Señaló que la ley solo permite quitar la asignación ante la destitución por juicio político -lo que no ocurrió- y que la decisión del gobierno es nula ya que frente a una objeción debería haber iniciado una causa judicial. Para Cristina Kirchner se trata de “un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo".

 La ANSES rechazó ese planteo y así Facundo Fernández Pastor, abogado de Cristina Kirchner, presentó el 31 de marzo pasado una demanda en la justicia federal de la Seguridad Social para que revoquen la decisión del gobierno y para que se dicte una medida cautelar que reanude los pagos de la jubilación y la pensión.

“Sus asignaciones mensuales vitalicias son el único ingreso que le permite subsistir por tratarse de un derecho de la seguridad social inembargable”, sostuvo el abogado en su presentación.

El caso quedó a cargo del juez Ezequiel Pérez Nami. La causa se remitió a su juzgado porque el magistrado tiene otra causa similar. Se trata un expediente de 2017 que inició Cristina Kirchner contra una decisión del gobierno de Mauricio Macri para que cobre una de las dos asignaciones. El 2021 Pérez Nami falló a favor de la ex presidenta y la ANSES del gobierno de Alberto Fernández no apeló. Ahora la legisladora porteña Graciela Ocaña busca que la Corte Suprema la acepte en la causa para seguir con la apelación.

Como ambas causas tienen a los mismos protagonistas, la nueva demanda se le asignó a Pérez Nami. Pero el juez se excusó de intervenir “por razones graves de decoro y delicadeza”. El 3 de abril, el magistrado sostuvo que está concursando para ser juez titular del fuero -hoy es subrogante- y que quedó ternado a la espera que el gobierno nacional elija o no su nombre para enviarlo al Senado de la Nación.

“En dicho contexto toda y cualquier decisión adoptada en estos actuados, ya sea en beneficio o perjuicio de cualquiera de las dos partes, puede ser incorrectamente interpretada como comprometida con el proceso de selección y nombramiento de magistrados, generándose así una posible lesión a la confianza pública, que torne susceptible de poner en duda la necesaria imparcialidad. En el caso, el contexto personal y profesional puesto de manifiesto trasunta una situación apta para suscitar el estrépito social y con ello la duda razonable”, señaló.

“Va de suyo, que ello evidencia una circunstancia perturbante para seguir interviniendo, ya que las particularidades de la misma, y el contexto en el cual se ve inmerso, puedan comprometer la confianza de la sociedad”, agregó.

Para llegar a ser juez titular, Pérez Nami necesita que el gobierno de Milei lo elija entre los ternados y también los votos de los senadores kirchneristas para ser designado.

Con la excusación, la demanda pasó a Karina Alonso Candis, titular del juzgado federal 1 de la Seguridad Social. La magistrada -en un fallo de la semana pasada- rechazó la excusación de su colega.

“El deber de los jueces de cumplir con la función encomendada implica que a veces sea necesario abordar cuestiones sobre las que se debe imponer determinado criterio, debiendo colocarse por encima de los intereses personales y sin desmedro de la independencia y libertad de conciencia”, sostuvo la jueza.

“De suponerse entonces que las decisiones judiciales que adopte un juez en proceso de concurso de selección de jueces y ternado para ocupar uno de los cargos vacantes, pueda comprometer su proceso de selección y nombramiento, podría llevar a la conclusión de que este magistrado se vería impedido de dictar sentencia en toda causa que llegue a su conocimiento”, agregó Alonso Candis.

La magistrada también opinó que “las repercusiones políticas que puedan acarrear las decisiones judiciales que se adopten también deben ser descartadas en aras de proteger la independencia del poder judicial”.


Por otra parte, la jueza explicó que la demanda de la ex presidenta contra la ANSES tiene a los mismos protagonistas que el expediente de 2017 que estuvo a cargo de Pérez Nami, por lo que debe tramitar ante ese magistrado porque esos lineamientos están marcados en el Reglamento para el sorteo y adjudicación de expedientes de la Cámara Federal de la Seguridad Social. El artículo 9 de ese reglamento establece que “cuando se hubiera promovido otra actuación entre las mismas partes, cualquiera haya sido el objeto del reclamo, la promovida con posterioridad automáticamente quedará radicada en el Juzgado o Sala donde hubiera quedado radicada la anterior”.

Con la discrepancia entre los magistrados ahora la Cámara Federal de la Seguridad Social deberá definir.

FUENTE: INFOBAE

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