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title: "Sandra Pettovello aceptó a la Justicia y jubilados de Anses cobrarán con el Retro Suplemento el 82% móvil"
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date_published: "2026-10-08T00:43:00-03:00"
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author_name: "Marko"
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# Sandra Pettovello aceptó a la Justicia y jubilados de Anses cobrarán con el Retro Suplemento el 82% móvil

![image](/download/multimedia.normal.aa6206a68006a59a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Gobierno reglamentó el pago del suplemento dinerario para que los jubilados de Anses alcancen el 82% del salario mínimo. Conocé a quiénes les corresponde.

El Ministerio de Capital Humano oficializó una medida clave para el sector pasivo. Tras el dictamen correspondiente, los **[jubilados](https://www.minutouno.com/sociedad/la-desgarradora-carta-un-jubilado-que-entrego-su-mascota-un-refugio-no-la-puedo-mantener-n6329852)**de la Anses que cumplan con los requisitos legales percibirán un retro suplemento dinerario que les garantizará alcanzar un haber equivalente al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

## A qué **jubilados** les corresponde el cobro del 82% móvil

De acuerdo con la reglamentación del artículo 125 bis de la Ley N° 24.241, el Estado Nacional garantiza el pago de este suplemento para alcanzar el 82% del salario mínimo a un universo estimado en más de 1,3 millones de beneficiarios.

La medida abarca a quienes hayan accedido a su beneficio previsional cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos exigidos, incluyendo a los siguientes grupos:

- Beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten **30 años o más de servicios con aportes efectivos**.
- Titulares de jubilaciones por regímenes diferenciales, especiales o insalubres.
- Beneficiarios de retiro por invalidez que cuenten con aportes regulares.
- Jubilados pertenecientes a las ex cajas o institutos provinciales y municipales de previsión que fueron transferidos al Estado Nacional.
- Titulares de pensiones directas o derivadas de todos los beneficios mencionados anteriormente.

Por el contrario, la normativa aclara explícitamente que la garantía del 82% móvil **no resulta aplicable** a aquellos beneficiarios que hubiesen accedido a la jubilación a través de las leyes de moratoria previsional.

Fuente: m1

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