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title: "La Justicia le ordenó a Milei aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional el decreto"
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# La Justicia le ordenó a Milei aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional el decreto

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El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los planteos de la UBA y del Consejo Interuniversitario Nacional y cuestionó la decisión del Gobierno de mantener suspendida la norma.

El Gobierno de Javier Milei recibió este martes un nuevo revés en la disputa por los fondos destinados a las universidades públicas. La Justicia declaró inconstitucional el mecanismo utilizado por el Poder Ejecutivo para mantener frenada la Ley de Financiamiento Universitario, pese a que el Congreso había ratificado su sanción.

La resolución fue firmada por Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, quien hizo lugar a las presentaciones realizadas por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).

El magistrado no cuestionó toda la normativa presidencial, sino específicamente la cláusula incorporada al decreto 759/2025 que condicionaba la aplicación efectiva de la ley a la determinación de los recursos presupuestarios necesarios para financiarla.

Para Cormick, esa condición no podía utilizarse para impedir la ejecución de una ley que había sido aprobada por el Congreso luego de que ambas cámaras rechazaran el veto presidencial.

## Cormick cuestionó la estrategia de Milei para frenar la ley

Uno de los puntos centrales del fallo es la consideración de que el Ejecutivo utilizó una herramienta que, según el juez, no encuentra respaldo constitucional para evitar que una norma sancionada por el Poder Legislativo produzca efectos.

La resolución ordenó además que el Gobierno avance de manera inmediata con las disposiciones reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario.

Se trata, de todos modos, de una sentencia de primera instancia, por lo que el Gobierno todavía puede recurrir la decisión ante las instancias superiores.

El Ejecutivo había sostenido que el Congreso debía identificar previamente las fuentes de financiamiento y contemplar las partidas correspondientes dentro del Presupuesto antes de que la ley pudiera comenzar a ejecutarse.

El juez rechazó ese argumento y señaló que la propia Ley 27.795 contiene mecanismos destinados a afrontar las obligaciones que genera. Entre otras previsiones, la norma contempla la adecuación de partidas y la utilización de recursos corrientes que superen las estimaciones presupuestarias, sin afectar los fondos correspondientes a las provincias.

## La disputa comenzó con el veto de Milei

El conflicto entre el Gobierno y las universidades se inició en agosto de 2025, cuando Milei decidió vetar la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso.

El veto, sin embargo, no consiguió sostenerse en el Parlamento. Diputados y el Senado reunieron las mayorías necesarias para insistir con el proyecto y convertirlo definitivamente en ley.

Ante ese escenario, el Ejecutivo terminó promulgando la norma en octubre de 2025. Pero lo hizo mediante un decreto que incorporó una condición presupuestaria que, en los hechos, dejó suspendida su aplicación.

Ese mecanismo es el que ahora fue cuestionado por la Justicia.

Cormick también tomó en cuenta una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, según la cual el impacto fiscal de la norma durante 2025 representaba alrededor del 0,23% del PBI.

## Salarios docentes y becas, otro frente abierto

El fallo se suma a una disputa que el mismo juzgado ya venía manteniendo con el Gobierno por el cumplimiento de las disposiciones vinculadas con los salarios universitarios y las becas estudiantiles.

En septiembre, Cormick volvió a intimar al Poder Ejecutivo para que cumpliera con las obligaciones previstas por la ley y le otorgó un plazo de cinco días, bajo advertencia de aplicar sanciones económicas.

El Gobierno había presentado documentación vinculada con las negociaciones salariales y las órdenes de pago, pero el magistrado entendió que esos elementos no demostraban un cumplimiento integral de la medida cautelar vigente.

La Casa Rosada había intentado dejar sin efecto la intimación y la posibilidad de recibir multas. Para respaldar su posición, informó que los salarios universitarios habían acumulado una suba del 226,8% desde diciembre de 2023 y que ese incremento había superado la inflación registrada durante el período utilizado como referencia.

También comunicó la apertura de nuevas negociaciones paritarias y una propuesta adicional de aumento del 3%.

Cormick, sin embargo, consideró insuficiente esa explicación porque, a su criterio, el Ejecutivo no había demostrado que los salarios hubieran sido actualizados según los parámetros establecidos por la ley.

## La Justicia también rechazó el argumento oficial sobre las becas

La discusión judicial no se limita a los salarios. Las becas estudiantiles también quedaron bajo la lupa del magistrado.

El Gobierno había interpretado que las obligaciones establecidas por la ley podían circunscribirse al programa de Becas Manuel Belgrano. El juez rechazó esa lectura y sostuvo que el alcance de la normativa era más amplio.

La medida cautelar que dio origen a esta parte del conflicto había sido dictada en diciembre de 2025 y posteriormente confirmada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

En junio de este año, además, quedó firme luego de que la Corte Suprema rechazara un recurso extraordinario presentado por el Estado. Esa resolución consolidó la obligación de cumplir con las medidas provisionales referidas a salarios y becas, mientras continuaba pendiente la discusión sobre el fondo de la cuestión.

La norma establece un esquema de actualización de los recursos destinados al funcionamiento de las universidades públicas y contempla mecanismos de recomposición de los ingresos de docentes y trabajadores no docentes.

También dispone modificaciones sobre los salarios básicos y establece pautas para actualizar los programas de becas en función de la inflación.

Fuente: Borderperiodismo

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