Nueva derrota judicial de Milei en la causa donde llamó "ensobrado" a Jorge Fontevecchia: quiso impedir el avance del juicio y perdió

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Se trata de la causa donde el fundador de Editorial PERFIL lo llevó a la Justicia por llamarlo "ensobrado" y "pautero", entre otras descalificaciones. Para Eduardo Farah, quien firmó el escrito, el recurso "no se dirige contra una sentencia definitiva que con su dictado dirima la controversia poniendo fin al pleito o haciendo imposible su continuación".
   

La denuncia de Jorge Fontevecchia contra el presidente Javier Milei por injurias sumo una nueva derrota judicial para el Presidente, luego de que la Cámara de Casación desestimara el recurso de su defensa para postergar el juicio. El libertario había calificado al fundador de Editorial PERFIL como “periodista ensobrado”, “pautero” y “prebendario”.

Eduardo Farah, juez de Cámara, dijo sobre la presentación que "no se dirige contra una sentencia definitiva que con su dictado dirima la controversia poniendo fin al pleito o haciendo imposible su continuación, ni tampoco contra un decisorio que resulte equiparable a tal por sus efectos (conf. CSJN, Fallos 315:2757, 315:1629, 315:761, 313:215, 312:426, 311:509, 311:357, 311:148, 307:474, 302:1430, 300:436 y 299:268)".

Y agregó: "No se advierte que concurra excepción a tal principio, pues no basta con aducir un gravamen de imposible o difícil reparación para que pueda equipararse un fallo a sentencia definitiva, sino que es necesario señalar cómo y dónde surgirá un agravio de esa índole (Fallos 258:128, 264:202 y 264:226, citados por Lugones, Narciso J. en “Recurso Extraordinario Federal”; segunda edición actualizada; Ed. Lexis Nexis, Depalma; Bs. As.; 2002; pág. 164). Nótese que la única consecuencia del rechazo de la queja es que deba concretarse una audiencia de conciliación ya ordenada. Ante ello, la invocación genérica de afectaciones constitucionales, no resulta fundamento suficiente del requisito señalado (ausente en el caso)". Bajo esos argumentos, rechazó el recurso de casación de la defensa.

La causa se encuentra en manos del juez Sebastián Casanello, quien había convocado una audiencia de conciliación para el miércoles 9 de abril, que finalmente fracasó. La demanda iniciada por el fundador de PERFIL se debió a los reiterados agravios realizados por parte del presidente libertario.

Milei decidió ausentarse esa fecha a la audiencia de conciliación pautada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11. Por ello, su abogado Francisco Oneto presentó un escrito “de reposición con apelación en subsidio”. Al fracasar la audiencia de conciliación, Casanello no aceptó los recursos de la defensa de Milei: resolvió rechazar “la reposición interpuesta” y tampoco “se hará lugar a la apelación”.

En abril del 2024, Fontevecchia y PERFIL decidieron avanzar con cuatro juicios contra Milei por sus sistemáticos ataques. Fue en ese contexto que se llevó adelante una denuncia por injurias teniendo en cuenta la campaña de mentiras y descalificaciones con la que el libertario ataca a los medios y periodistas más críticos (incluso a algunos de los oficialistas), y que también afecto al fundador y a otros periodistas de esta editorial.

El propio Farah había revocado 31 de octubre el sobreseimiento del Presidente, donde además decidió apartar al juez Sebastián Ramos del expediente.

Farah, integrante de la Sala II de la Cámara Federal, argumentó que la resolución era "nula, por extemporánea (prematura), confusa y carente de precisión", según consta en su fallo. El magistrado se pronunció tras un recurso presentado por la querella, removió al juez federal Sebastián Ramos por haber "anticipado opinión" y ordenó que otro juez continúe con la tramitación del caso. En su resolución, señaló: “La decisión apelada carece de fundamentos, es dogmática, arbitraria y, por lo tanto, nula”. En su lugar se ratificó a Sebastián Casanello.

El juez Ramos había sobreseído de forma exprés a Milei basándose en un planteo de excepción por inexistencia de delito, presentado por la defensa del mandatario. De este modo, evitó la instancia prevista por la ley en la que el propio acusado puede dar su versión, explicar el significado de sus declaraciones y el contexto en el que fueron emitidas, según destacó Farah.

Los dichos de Milei contra Fontevecchia
La denuncia se originó por los dichos de Milei el 8 de abril de 2024, ya como Presidente, durante su participación en el programa “Multiverso Fantino”, emitido por el canal digital “Neura Media” y por FM 89.7. Allí se refirió a Fontevecchia como alguien que "vive de la pauta" y que está "ensobrado".

La defensa de Milei sostuvo que esas expresiones estaban amparadas por el "interés público", dado que el empresario querellante es una figura pública, y por ello no constituían delito.

Sin embargo, el juez Ramos había señalado previamente que debía tenerse en cuenta la jurisprudencia relacionada con la protección de la privacidad y la libertad de prensa, especialmente considerando que el caso podría generar responsabilidad internacional.

Al respecto, Farah indicó: “Este tipo de análisis puede concluir, en la etapa procesal correspondiente, que se trata de cuestiones de ‘interés público’ y por lo tanto no punibles según el artículo 110 del Código Penal. Pero para ser válido, deben evaluarse todas las dimensiones del caso”.

FUENTE: PERFIL

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