Imputaron a tres policías de la Alcaidía por exigir pagos ilegales y otros delitos

RAFAELA..
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Las calificaciones legales de la Fiscalía son “exacciones ilegales agravadas”, esto es exigir cobros ilegales para los tres policías. Con respecto al Jefe, también se lo imputó por “abuso de autoridad reiterado” y “encubrimiento agravado”.
 

Pasadas las 12:00 de la jornada de hoy, en la sala 2 de los tribunales penales de Rafaela, a través de la plataforma de videoconferencias Zoom, se llevó a cabo una audiencia de atribución imputativa a los policías que laboran en la Alcaidía de la Unidad Regional Quinta de Policía con asiento en Rafaela, Norberto Daniel N. -jefe de la Alcaidía-, Cristian Pablo M. y Alejandro Adolfo F.

La causa bajo investigación penal está caratulada inicialmente como “F., Alejandro A.; M., Cristian P. y N., Norberto D. s/delitos contra la administración pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

 
En carácter de juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) presidió esta audiencia el Dr. Gustavo Bumaguin, en tanto que hicieron lo propio por parte de la Unidad Fiscal Especial de Rafaela del Ministerio Público de la Acusación (MPA), la Dra. Fabiana Bertero, y en la defensa técnica de los ahora imputados el Dr. Carlos Farías Demaldé.

 

Hechos imputados
Haciendo uso de la palabra la fiscal de la Sección Violencia y Corrupción Institucional de la Unidad Fiscal Especial de Rafaela, Dra. Fabiana Bertero, esta procedió en primer lugar a hacer conocer a los imputados los hechos que se les atribuyen, su calificación jurídico penal, las pruebas fundantes de la intimación y los derechos que el Código Procesal Penal les acuerda.

Es así que dio lectura a los cuatro hechos imputados a los tres acusados.

* Primer Hecho - "Se atribuye a Norberto N., que en fecha no precisada con exactitud, pero ubicable en la última semana del mes de enero del año 2025, en horas de la mañana, en su carácter de jefe de la Alcaidía de la Unidad Regional Quinta de Rafaela; en la oficina de dicha Alcaidía local, ubicada en la Jefatura de Policía de Rafaela, sita en la intersección de Avenida Mitre y Boulevard Santa Fe, solicitar al interno Leandro Javier B. la suma de un millón de pesos a fin de evitar su traslado a otra unidad del servicio penitenciario".

* Segundo Hecho - "En el periodo de tiempo comprendido al menos entre el 7 de mayo de 2024 y el 22 de marzo del 2025, Norberto Daniel N., de forma sistemática y continua, omitiendo el cumplimiento de los deberes legales a su cargo, permitió que el interno Jorge R., en la cocina de la Alcaidía, utilizara libremente un teléfono celular de forma continua, elemento no autorizado para su ingreso a la dependencia. En el mismo periodo de tiempo, en su carácter de jefe de la Alcaidía, abusando de las prerrogativas de su cargo, ofreció evitar el traslado de internos alojados en la dependencia a su cargo, así como también asegurarles mejores condiciones de detención a cambio del pago de una suma de dinero que variaba entre 500 mil y 2 millones de pesos".

"A tal fin -continuó-, esto es asegurar mejores condiciones de detención solicitando a cambio el pago de una suma de dinero, se reunió con el interno Joel Jesús V. en una de las oficinas lindantes a la Guardia de la Alcaidía local entre los días 5 y 6 de diciembre del 2024. En el periodo de tiempo comprendido entre el 31 de octubre del 2024 y dos semanas posteriores, en carácter de Jefe de la Alcaidía y omitiendo el cumplimiento de los deberes legales a su cargo, entregó a los internos el teléfono celular marca LG de color azul que fuera secuestrado en el pabellón 2 en la requisa del día 31 de octubre del 2024, cuya registración en el acta respectiva fue omitida".

* Tercer Hecho - "En fecha 4 de diciembre del 2024, en horas de la mañana, en su carácter de Jefe de la Alcaidía, ordenó a los funcionarios policiales Alejandro Adolfo F. y Cristian Pablo M., quienes también cumplían funciones en dicha repartición, recuperar el teléfono celular que se encontraba en el pabellón número 2, pieza 4, a disposición de Ezequiel Alberto I., en forma previa a la realización de la requisa solicitada por la Dra. Favia Burella, en el legajo de investigación fiscal en el que resultó imputado el nombrado I. por el delito de lesiones leves dolosas de que resultara víctima Martina Milagros C., haciendo desaparecer de esa manera la evidencia de dicha investigación".

* Cuarto Hecho - "Se atribuye -afirmó Bertero- a Alejandro Adolfo F. y Cristian Pablo M. en el mes de junio del 2024, en la Alcaidía de Rafaela, en su carácter de funcionarios dependientes y desempeñando funciones en dicha Alcaidía, solicitaron a los internos del pabellón número 3 grande el pago de la suma de $ 100.000 pesos a cambio de la entrega de un teléfono celular y el compromiso de dar previo aviso a la realización de las requisas para asegurar su ocultamiento, todo ello con el conocimiento del jefe de la Alcaidía, Norberto N.".

 

Calificación jurídico-penal
Las calificaciones jurídico-penales son las que siguen.

Respecto a Norberto Daniel N., “exacciones ilegales agravadas”, artículo 268 en relación al artículo 266 del Código Penal, y “abuso de autoridad reiterado” en tres hechos, artículo 248 del Código Penal; “encubrimiento agravado”, artículo 277, inciso I, apartado B, inciso III, apartado D, en concurso real, artículo 55 del Código Penal, en carácter de autor, artículo 45 del Código Penal.

Respecto a Alejandro Adolfo F. y Cristian Pablo M., “exacciones ilegales agravadas”, artículo 268 en relación al artículo 266 del Código Penal, en carácter de coautores.

Por su parte, la audiencia de medidas cautelares, en principio está programada a las 8.00 del día de mañana.

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